
PREGUNTAS FRECUENTES



¿Qué es un Notario? y ¿Cuáles son los requisitos para ser notario? El notario es un profesional de Derecho investido de fe pública por el Estado, que brinda seguridad y certeza jurídica en los actos y hechos de los que da fe. Los requisitos para ser notario son distintos en cada Estado, ya que los establece su correspondiente ley local. Sin embargo, en términos generales se requiere ser Licenciado en Derecho o Abogado, haber realizado una práctica en alguna notaría, tener buena reputación tanto profesional como personal, y aprobar o en su caso ser vencedor en un examen de oposición.
¿Puede un notario de un estado ejercer su función en otro estado de la República Mexicana? No. Los notarios sólo pueden ejercer su función en el territorio de la entidad federativa relativa y no pueden ejercerla en el territorio de otro estado. Lo anterior no significa que no puedan dar fe de actos cuyo objeto sean bienes ubicados en otra entidad, siempre y cuando el acto se otorgue dentro de la entidad de la que son notarios.
¿Qué ley regula la actividad de los notarios? En nuestro sistema jurídico, la materia notarial es materia local, por ello cada estado de la República tiene su propia ley del notariado y en ella se regula la actividad de los notarios en esa entidad federativa, así como los requisitos para ser notario de ese estado, responsabilidades, derechos, obligaciones y sanciones.
¿Cuáles son las principales características de la función notarial en México? En México, al igual que en todos los países con sistema notarial de corte latino, el notario en el ejercicio de sus funciones debe asesorar a las partes, interpretar su voluntad, redactar, leer, explicar y autorizar el instrumento correspondiente, así como conservarlo y reproducirlo.
¿De qué actos da fe el notario? El notario interviene en diversos actos como son testamentos, poderes, constitución de sociedades, así como de aquéllos cuyo objeto sean inmuebles, como por ejemplo, compraventas, donaciones, hipotecas, fideicomisos y adjudicaciones por herencia. Además da fe de hechos como por ejemplo notificaciones, requerimientos, existencia y capacidad de las personas, reconocimiento de firmas, protocolizaciones de actas y hechos materiales en general.
¿Qué es el testamento? y ¿Qué ventaja tiene hacer mi testamento? Es un acto que se debe hacer ante notario público, en el que designaré a las peronas que, a mi fallecimiento, serán dueños de mis propiedades. La ventaja es que cuando yo muera, mis propiedades serán recibidas por las personas que yo quiera que las tengan y en la proporción que yo disponga.
¿Quien puede hacer un testamento? y ¿Qué ocurre si no hago testamento? El testamento lo puede hacer cualquier persona mayor de 16 años siempre y cuando se encuentre bien de sus facultades mentales. Si no hago testamento, a mi fallecimiento, heredarán las personas que establece el Código Civil.
¿A quien puedo nombrar como mi heredero? y ¿Cuántas veces puedo cambiar mi testamento? Puedo nombrar a cualquier persona que desee como mi heredero. Todas las veces que yo así lo desee, puedo cambiar el testamento, siendo siempre el último que hice el que tenga valor para las autoridades correspondientes.

¿Cuáles son las principales obligaciones de un notario?
Dentro de las principales obligaciones de un notario están las siguientes:
a) Actuar de manera imparcial.- Es decir que cuando asesora a las personas que comparecen ante él, debe proteger los intereses de todos y no proteger los intereses de uno y desproteger los de otro.
b) Redactar, leer y explicar.- Una ves que el notario escuchó a los comparecientes, él se encarga bajo su responsabilidad de redactar el instrumento correspondiente, y debe leerlo a los comparecientes o en su caso permitir que lo lean, así como explicarles a éstos cuáles son los alcances y las consecuencias de otorgar el acto de que se trate.
c) Calcular y enterar los impuestos de las escrituras que autoriza. En efecto, el notario debe calcular los impuestos, sean locales o federales en los casos que la ley así lo establezca, y pagarlos ya sea en la Tesorería local o de la Federación.
d) Inscribir en el Registro Público.- Para efecto de dar publicidad a los actos que requieren de este requisito para ser oponibles a terceros, el notario debe tramitar la inscripción de los testimonios en el Registro Público de la Propiedad y en el de Comercio correspondientes, siempre y cuando sea expensado para ello por los prestatarios del servicio notarial.
e) Guardar secreto profesional. Como todo profesionista, el notario no puede dar a conocer o divulgar información relacionada con asuntos pasados ante personas que no intervinieron en los mismos.
¿Qué debo hacer si quiero comprar o vender un inmueble? y ¿Puedo perder lo que pague a quien me vendió si no hago la compraventa ante notario?
Antes de firmar cualquier contrato o de dar o recibir algún anticipo, lo aconsejable es recurrir a un notario para que dentro de su función revise la documentación correspondiente y brinde la asesoría calificada necesaria para evitar riesgos y litigios innecesarios.
Sí, puede perder lo que pagó, porque cuando te venden sin que intervenga un Notario, no conoces la manera en la que se deben revisar los papeles que tiene el vendedor y a veces, quien te vende no sabe que también la esposa o esposo debe firmar el contrato.
¿Qué debo hacer cuando tengo únicamente un contrato privado como comprobante de la compra?
Es necesario que se haga la escritura pública como lo ordena el Código Civil.
Debes ir con el notario.
¿Es muy caro hacer la escritura de mi Casa?
No, ya que dependiendo del valor de avalúo, se puede tener derecho a reducciones en la cantidad de impuestos y derechos.
